Prozeduraren sarbidea
Programa de ayudas a la implantación de recarga de VE: MOVALT infraestructura
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
"Una manera de hacer Europa"
Con fecha 31 de diciembre de 2018 finaliza la vigencia del programa de ayudas a la implantación de recarga de VE: MOVALT infraestructura, por lo que no se podrán realizar nuevas solicitudes de ayuda a partir de las 23:59 h del día 31 de diciembre de 2018.
El presupuesto disponible para el Programa de ayudas a la implantación de recarga de VE: MOVALT infraestructura, en este momento está agotado al superar las solicitudes el presupuesto disponible en el programa. Las solicitudes que se presenten en estas circunstancias pasarán a formar parte de una lista de espera y solo se resolverán en caso de liberarse presupuesto o dotación de presupuesto adicional. De acuerdo a lo que establece el apartado tercero, punto 3, de la resolución de convocatoria
La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante. Para la presentación de solicitudes, carga de documentación y consulta de notificaciones es preciso contar con un DNI digital o certificado electrónico, tanto de la persona que realiza la solicitud como el representante legal.
Se recomienda el uso de Google Chrome para cumplimentar, firmar y presentar la solicitud.
Existe una limitación del tamaño de los archivos a adjuntar de 10Mb
Fecha que fija el orden de prelación. La fecha que fija el orden de prelación por el que se asignan las subvenciones es la fecha de presentación de la solicitud y se corresponde con la fecha de la firma de la solicitud por parte del representante legal a través de la sede electrónica. En este momento la aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para la tramitación de solicitudes del programa Movalt Infraestructura y el resto de Guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con una solicitud presentada, deben dirigirse a coormovaltinf@idae.es.
Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 14:30h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-J, de 9.00h a 15.00 h. Viernes de 9.00h a 14:30h.
Bases reguladoras. La regulación de la concesión directa de subvenciones a proyectos de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos se regirá por la Resolución de 21 de diciembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Consejo de Administración.
Convocatoria. Se estableció la convocatoria del programa de ayudas para la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (Plan Movalt Infraestructura) mediante la resolución de 10 de enero de 2018 de la Dirección General del IDAE, Extracto publicado en BOE núm. 14 de 16 de enero de 2018. Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2018 de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 10 de enero de 2018 por la que se establece la Convocatoria del Programa de Ayudas a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (PLAN MOVALT Infraestructura). Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) id: 380988.
Se realiza una única convocatoria nacional con una gestión centralizada de solicitudes por parte del IDAE, en régimen de concurrencia simple, otorgándose las ayudas a los solicitantes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos de las bases publicadas, por orden de prelación correspondiente a la fecha de registro de la solicitud y, todo ello, hasta agotar el presupuesto disponible (20 millones de euros).
Serán objeto de ayuda los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting. A modo orientativo, se podrá desplegar una infraestructura de recarga para los siguientes usos:
Los puntos de recarga y todos aquellos costes que sean necesarios para llevar a cabo la instalación del equipo. No son elegibles el pago de tasas o impuestos. Tampoco se considera elegible la instalación de contadores.
Los sistemas de recarga deberán cumplir con la Instrucción Técnica Complementaria BT-52, disponer de un nivel de comunicación entre vehículo y estación de recarga en Modo 3 o Modo 4, y en caso de ser de acceso público, sistema de comunicación provisto de protocolo OCPP, además de cumplir con los estándares de seguridad que le sean aplicables.
Dependiendo del tipo de recarga, deberán tener las siguientes características:
- Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
- Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW.
- En corriente alterna, dotado de, al menos, un conector AC Tipo 2 (Menekes) y en corriente continua, dotado al menos del CCS (Combo) según se define en el estándar IEC 62196.
- Potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.
- Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.
- Potencia igual o superior a 100 kW.
- Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.
Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y restante legislación aplicable.
Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
Las empresas en crisis.
Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía equivalente al 60% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido ) en el caso de entidades públicas que no desarrollen ningún tipo de actividad comercial o mercantil y pequeña empresa y un 40% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas.
El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones acogidas a la convocatoria será de 180 días naturales desde la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Toda reserva de presupuesto que no haya cargado toda la documentación exigida en el plazo antes mencionado será automáticamente anulada.
Las solicitudes efectuarán de manera telemática y se podrán presentar desde las 10:00 horas del día 23 de enero de 2018, hasta la conclusión del programa (31/12/2018) o agotamiento del presupuesto.
Se encuentra disponible para descarga en la página Web del IDAE
Eranskinak Solteak
01. Guía de usuario para la tramitación de solicitudes(3842 kB.)
02. Guía de ayuda del Plan Movalt Infraestructura(457 kB.)
03. Guía de ayuda para la justificación de los pagos(361 kB.)
04. Preguntas y respuestas frecuentes(14 kB.)
05. Modelo de declaración responsable (Anexo I de las Bases)(106 kB.)
06. Certificado de no realizar actividad mercantil(105 kB.)
07. Memoria justificativa de realización de la actuación(168 kB.)
08. Guía usuario definición PYME(1269 kB.)
09. Guía para la aportación de documentación justificativa(232 kB.)
11. Modelo de autorización de representación(14 kB.)
Informazio gehiago
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